Buenas Prácticas en Licitaciones Públicas - Doble Sobre
Con la permanente necesidad de mejorar la gestión de las compras públicas, incorporando a las existentes, herramientas de Buenas Prácticas tendientes a obtener mayor eficacia y eficiencia en los procedimientos en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley 1284...
Número: CIRCL-2022-1-E-NEU-OPC#SH
NEUQUEN, NEUQUEN
Jueves 17 de Marzo de 2022
Referencia: BUENAS PRACTICAS EN LICITACIONES PUBLICAS - Doble Sobre
De mi mayor consideración:
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Con la permanente necesidad de mejorar la gestión de las compras públicas, incorporando a las existentes, herramientas de Buenas Prácticas tendientes a obtener mayor eficacia y eficiencia en los procedimientos en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley 1284, y enconsonancia con la Meta
16.6 “Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas “ establecida en la Agenda 2030 Agenda del Desarrollo Sostenible en la Provincia del Neuquén, se propicia establecer el sistema de “doble sobre” o pre-calificación de oferentes para compras y contrataciones encuadradas bajo la Ley 2141, que se tramiten a través de Licitación Pública y cuyomonto total presupuestado provisoriamente supere 4 veces el monto establecido para las Licitaciones Públicas según en Inciso 1 Articulo 64 de la mencionada Ley.
Dicha medida contribuirá a otorgar mayor transparencia en las compras públicas en general y en particular en las licitaciones públicas, evitando dispendios procesales innecesarios, rechazos e impugnaciones posteriores de licitantes por carecer de capacidad técnico-financiera para dar cumplimiento a las exigencias de la contratación.
Se propone, la utilizacion del Código 2 Licitación Pública (doble sobre) en el Sistema de Administración Financiera Provincial (SAFIPRO) y .adecuar los Pliegos de Bases y Condiciones de la Licitación a esta modalidad
En el Sobre 1 se incluirán todos aquellos requisitos formales, de legalidad exigidos por las normas
vigentes, y toda la documentación que hace a las exigencias del Servicio Administrativo contratante, Por ejemplo, las certificaciones, visitas de obra etc., cuando se trate de suministros, exigir garantía de disponibilidad del bien a adquirir en tiempo y forma, citar experiencia en contrataciones similares con referencias, licencias o autorizaciones específicas si la legislación lo exige, cobertura de seguros, etc.
El Sobre N°1 será el primero en ser evaluado por la Comisión de Pre adjudicación correspondiente. Limitándose a la evaluación de los ítem requeridos y cuya decisión administrativa será respecto a cuáles de ellos han sido admitidos y cuales rechazados expresando claramente sus causales, en un todo de acuerdo a la legislación vigente.
El Sobre Nº2, contendrá la oferta económica, con toda la documentación requerida en el Pliego referente a cuadro de costos, matriz económica financiera etc.
Sólo se abrirá el Sobre N° 2 de aquellas ofertas que hayan sido declaradas admisibles en su Sobre Nº
1. Procediendo a devolverse cerradas todas las ofertas que han sido declaradas inadmisibles en su Sobre N°1.
Esta Buena Práctica tiende a acortar los plazos, evitando el análisis económico de ofertas que a la postre podrían ser ineficaces, condicionadas, que no cumplan con las condiciones de calidad requeridas, etc, agilizando los procesos y optimizando los recursos públicos.
Su aplicación en la legislación comparada nos demuestra que es una práctica virtuosa que además cumple la función de filtro, propiciando a la vez la presentación de empresas o proveedores con las capacidades a la altura de las necesidades de la A.P.P.
Sin otro particular saluda atte.
Maria Alejandra Di Crocco Coordinadora
SHAC-Oficina Provincial de Contrataciones Subsecretaría de Hacienda